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viernes, 5 de diciembre de 2008

ARMAS Y UNIFORMES DE LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA




EL BATALLON DE VOLUNTARIOS DE LA CIUDAD DE PLASENCIA.

La Guerra de la Independencia tiene una gran particularidad en lo que se refiere al desarrollo militar de la misma. Por un lado nos encontramos por primera vez con la “Nación en Armas” en referencia a los ejércitos napoleónicos, a la “Grandee Arme” hecha con levas de ciudadanos que no luchan por un Rey, sino por la nación, por Francia. El enfrentamiento con los soldados de línea españoles fue desigual por el arcaico armamento con el que contaba el ejército español así como por las tácticas antiquísimas que se usaban en nuestro ejército. Las levas arbitrarias, la nula capacidad de mando de los nobles (ya que no se puede hablar de oficiales propiamente dichos) hicieron que el ejército español no pudiera hacer nada en lo referente a las novedades de la guerra de penetración napoleónica basada en columnas y no en la guerra de contacto a la que tan acostumbrados estaban los generales españoles. En lo referente a las armas y a la uniformidad de las tropas españolas esta era variada y en muchos casos respondía a la tradición de las diferentes armas: Verde para lanceros, Azul para Infantería de Línea, Rojo para cazadores, Blanco para los Batallones provinciales.., y ¿Qué ocurre con los batallones de voluntarios como por ejemplo el de Plasencia? Ocurre que en ningún caso pudo dotarse de la uniformidad que estableció la real ordenanza de 1789, al igual que le paso al provincial y que según narran las crónicas de la Batalla de Bailén, así como lo han comunicado la Asociación De Recreación Histórica de La Batalla de Bailen, las tropas placentinas entraron en combate con uniformes “pardos” según esta asociación seguramente sería tela de arpillera conseguida a toda prisa, porque no quedaba tela blanca para dotar a los batallones provinciales de la misma. Al igual que a Plasencia le fueron arrebatados miles de zapatos por los dos bandos, hay que decir que las tropas españolas no consiguieron en ningún momento el lograr una uniformidad que permitiera distinguir a los aliados de los enemigos, e incluso la Real Ordenanza de 1811 no hace más que confundir a los soldados, ya que la uniformidad que establece, de claro carácter inglés, hace que se pudieran confundir las unidades y las divisiones a las que estas pertenecían. Sin duda la realidad de la Guerra de la Independencia en lo referente a uniformidad fue mucho menos “elegante” que lo que hoy los medios audiovisuales nos quieren mostrar.

José Luís Hernández de Arribas de la A.C.P."PEDRO DE TREJO"
SEMBRANDO INQUIETUDES

sábado, 26 de julio de 2008

DON JUAN PEDRO ZARRANZ Y PUEYO

EL OBISPO DESCONOCIDO

En 1973 murió el Obispo don Juan Pedro Zarranz y Pueyo, después de cinco lustos bien cumplidos al frente de la vida religiosa diocesana.
Si a los obispos, a la manera como se hacía con los reyes, hubiera que añadirles un sobrenombre para catalogarles, a don Juan Pedro yo le llamaría “el Desconocido”.
Se murio sin que los diocesanos, a pesar de los 27 años de su gobierno, conocieran los valores humanos y las virtudes sacerdotales que le adornaban; sin gustar del encanto de su trato amistoso, de su conversación correctísima, de la fina sal de sus agudezas inolvidables.
Quizás creyeron que su devoción acendrada a la Virgen María quedó satisfecha con las coronaciones resonantes en Plasencia, Bejar y Trujillo.
A lo mejor no se dieron cuenta de que todas y cada una de sus homilías terminaban con una alusión a la Señora, desahogo de su ejemplar devoción. No se comentaron como merecía sus esfuerzos por la instalación de la Adoración Nocturna en tantas parroquias del Obispado. ¡Cuántas buenas cosas de el que no se conocieron!
Llegó aquí mocetón navarro con arrolladora simpatía juvenil, con prestancia física poco común, con palabra fácil y convincente.
El día de su entrada en la capital diocesana nos dolían las manos de aplaudir y se ensanchaban los senos del alma con la gozosa expectación de las más grandes realizaciones. Yo le conocí un mes antes, en Pamplona, las vísperas de su consagración episcopal. Era insaciable su deseo de conocer cosas de Plasencia. Ya sabía muchas. Gozaba confirmándolas. Y planeaba empresas. Y nos hizo visitar ejemplares instituciones diocesanas de aquella ciudad con prisas de copiarlas aquí.
Los primeros tiempos de su estancia en Plasencia fueron pródigos en comunicaciones a todo nivel. Diálogos impresionantes. Gestos que suscitaban unánimes comentarios de aprobación y de aplauso.
Luego…circunstancias totalmente ajenas a su voluntad y a su intención, ajenas igualmente a la voluntad y a la intención de los diocesanos le hicieron recluirse en la intimidad del Palacio Episcopal. Temperamentalmente indeciso y tímido no supo defenderse. Tal vez no quiso. O estimó que todo era inútil en aquellas calendas. Tímido he dicho. Tengo de ellos pruebas abundantes. Tímido, a pesar de sus maneras a veces dictatoriales. Quizás dictatoriales como efecto de su timidez.
Desde entonces sus apariciones se redujeron a las obligatorias del cargo. En lo demás se entregó a sus deberes episcopales. Lo perdonó todo. Hasta la calumnia prolongada largos años.

De este modo, dejaron de brillar sus virtudes humanas y el ejemplo de su sacerdocio.
Fue capaz de tratar los problemas mixtos con el gran número de Gobernadores Civiles, que lo fueron en 27 años, de Cáceres, Badajoz, Salamanca y hasta hace poco, Avila (provincias en que había pueblos de su Diócesis) sin merma de los derechos de la Iglesia, sin estridencias dignas de tal nombre, manteniendo el decoro del cargo. Todos los Gobernadores le admiraron y le quisieron.
Era pasmosa su capacidad de conocimiento de personas y de cosas.
En tiempos en que pasaban de 200 los alumnos del Seminario les conocían a todos. No tan solo el nombre y los apellidos. También las respectivas condiciones personales, soñando futuros aprovechamientos para el Obispado.
Amó mucho a Plasencia. Era casi infantil su alegría cuando la Radio o la Televisión divulgaban algún acontecimiento placentino. Mis modestas investigaciones históricas tuvieron en el un buen panegirista. Era parco en alabanzas. Yo que lo sabía le agradecí mucho las que a solas me tributó. Que brotaban de su amor a la ciudad y a la Diócesis.
Con que tesón, hasta lograr el éxito, defendíó ante los Jerarcas Vaticanos a la Diócesis bien amada de la amenaza que para ella constituían algunas frases del último Concordato.
No olvidaré su resistencia al homenaje proyectado con motivo de sus Bodas de plata con el cargo. Pertenecí yo a la Comisión organizadora y ante su repetida prohibición de hacer nada conmemorativo, me vi obligado a decirle: “Perdone, pero por esta vez no le obedeceremos”. Todavía se obstinó en recortar detalles interesantes.
Se pasó muchos años los días enteros, aparte una breve salida al campo los domingos, en su despacho episcopal. Despachando de palabra y por escrito. ¡Que hermoso epistolario el que salió de sus manos!
Allí se volcó el alma de don Juan Pedro. No era tan solo el aticismo de sus líneas; era el acierto en el enfoque de los problemas y el corazón en las soluciones.
Pero no se le conoció. Se olvidaba que existía.
Luego le fuimos viendo morir. Era su envejecimiento rapidísimo comentario obligado de los que le observaban. Le vimos irse muriendo. Sin que el cediera. El pudor del cargo le impedía confesarse rendido.
La muerte salió a su encuentro en las primeras horas de la tarde del 14 de noviembre. Murió plácidamente, santamente.
No se si en vida se humilló. Puso sin menor disimulo sus mejores ilusiones en los Curas que el ordenó. Le dolieron muy hondamente las defecciones que se fueron sucediendo. Fue la gran cruz de su pontificado, No fue ello obstáculo para su amor desmedido a los sacerdotes. Les defendía siempre. Iba a decir que aun cuando no tuvieran razón.
No se si en vida se humilló. Pero si que está siendo ensalzado.

El desfile ininterrumpido de personas de toda condición por la capilla ardiente, la concurrencia incontable de asistentes al sepelio, la venida de todo el clero diocesano, la presencia de las autoridades civiles provinciales y locales, las lágrimas que observamos en rostros bien curtidos al darnos el pésame por las calles, la llegada de obispos de los sitios más dispares (Toledo, Huesca, Cáceres, Cartagena, Salamanca, Madrid, Badajoz, Avila, Palencia) resultaron una innegable exaltación. Y la piadosa, honda, exacta y correctísima homilía del Cardenal Primado.
Todos los días hay claveles frescos sobre su tumba.
Todos los días, junto al sepulcro, personas que rezan.
Descanse en paz, don Juan Pedro, el Desconocido.

Manuel López Sánchez-Mora .Canonigo Archivero



SEMBRANDO INQUIETUDES. A.C.P "PEDRO DE TREJO"

jueves, 5 de junio de 2008

CONVENTOS Y ERMITAS DESAPARECIDOS






CONVENTO DE SAN MARCOS

Y ERMITA DE FUENTIDUEÑAS



El primer convento de San Marcos de Monjas Bernardas Recoletas, pertenecientes a la Orden del Cister, se fundó en el año 1.233, su primer nombre fue Monasterio de San Leonardo, estaba situado junto al convento de San Francisco, con el cual tuvo pleitos porque los frailes no querían tener tan cerca un convento de monjas, ya que esto podría ser motivo de tentaciones.

Fue su promotor Don Diego González de Carvajal, al cual se le considera el patriarca de la rama placentina de los Carvajal. Este D. Diego era miembro del Cister y caballero del rey D. Fernando III el Santo. Tenía este rey tal confianza en Don Diego que cuando se fue a la conquista de Sevilla dejó sus hijos en Plasencia al cuidado de este convento.

Este Don Diego era el señor de Serradilla, la cual se la donó el rey Fernando III, además de otras muchas tierras. Serradilla en esa época, pertenecía eclesiásticamente a la parroquia del Salvador de Plasencia. Además de las donaciones que hizo el fundador del convento a las monjas Bernardas, se les donó por parte del rey Sancho IV, con la dehesa de Ferruz, la cual más tarde cambiaron las monjas por la dehesa de S. Pedro (hoy San Pedrillo). Don Nuño Pérez de Monrroy les dejó en su testamento 5.000 mrs. Doña Leonor Sánchez, les dio la dehesa de San Esteban. Esta dehesa y la del Guijo de las Monjas se las apropió Doña Leonor de Pimentel por una bula del Papa Sixto IV, para poder terminar el convento de Santo Domingo.

Don Diego murió en el año 1.253 y fue enterrado en las gradas del altar de este convento.

Este convento fue abandonado pocos años después de la muerte de D. Diego, y la comunidad de religiosas se trasladó a lo que hoy conocemos por “Fuentidueñas”.

El nuevo convento estaba situado al final de la Dehesa de los Caballos, al lado de lo que es hoy la Carretera Nal. 630. Era de estilo ojival, del primer periodo, y lo construyó el maestro cantero Pedro Enrique, en el año 1.300 aprovechando parte de la construcción allí existente.

Las Monjas Bernardas abandonaron este segundo convento en la primera mitad del siglo XV. El convento quedó a cargo de los frailes Cistercienses del Monasterio de Valparaiso. Aunque muy deteriorado, todavía se puede ver algo de lo que fue el segundo convento de San Marcos.

Es tradición en Plasencia que en el sitio que ocupa este edificio estuvo situado un templo votivo romano, el cual estaba consagrado a las ninfas de las aguas, pues en ese sitio existía una fuente de aguas medicinales, la cual fue aterrada hace varios siglos. Así mismo otra versión dice que estaba consagrado a Cibeles o a Berecintia, las cuales eran diosas romanas, y que se construyó en la época del emperador Constantino (crónicas de Juliano). Estas cronicas dicen así: De emeritis, numero 16.

Apud Ambraciam urbem, quam fluvius placidissimus praeterfluit, non plusquam milliaribus, eremiterium Sanctae Mariae Fontis-Dominarum, quod ibi míniales nobilísimo genere natae ordinis Santi Benedicto dicuntur habitasse a Constantini tempore post datam ecclesiis pacem, sumptibus reginae Elenae sanctissimae aedificatum, ex templo Berencintiae matris deorum”.



Traducción:” Junto a la ciudad de Ambracia, a la que circuye un río placidísimo, a no mucha distancia, se halla la ermita de la Fuente de las Señoras, porque allí se cuenta que moraron unas religiosas de noble estirpe, de la orden de San Benito, en tiempos de Constantino, después de concedida la paz a las iglesias, edificada a expensas de la santísima reina Elena sobre el templo de Berecintia, madre de los dioses”.

Esta reina Elena era la madre de San Agustín, (la que según la tradición encontró el verdadero madero de la Cruz de Cristo), y no edificó la ermita pues ya estaba edificada mucho antes, lo que hizo fue expurgarla de los dioses paganos y dedicarla al culto cristiano. Esto se realizó por el año 324.

Hoy día se pueden ver los sillares de cantería de lo que fue este antiguo templo. Sobre ellos hay edificaciones posteriores sin ningún valor.

Este convento quedó reducido a una simple ermita llamada de Fuentidueñas, la cual debido a su situación fue refugio de maleantes y vagabundos. Decía el Visitador de la Audiencia de Extremadura en el año 1.791: “Estoy mal con los Hermitaños cuias casas son de refugio. La Hermita de Fuentis Dueñas y casa unida a ella es mas perjudicial, estas no son las debociones que inspira la verdadera religión. Los contrabandistas, los ladrones, los amancebados se interesan mucho en que aya estas casas fuera de la población. En plasencia lo que se necesita es la Hermita de Nuestra Señora del Puerto, en que hai establecido un Cura y en que se exercita la debocion verdadera”

Cuando se dejó el culto en esta ermita, se trasladaron las imágenes y ornamentos a la ermita de San Lázaro. Entre las imágenes que se trasladaron había una con la advocación de Nuestra Señora de Fuentidueñas, la cual se puso en uno de los altares laterales de la ermita de San Lázaro. Desde hace varios años esta imagen está en la iglesia de San Nicolás.

En esta ermita estaba la imagen de Santa Escolástica, la cual tuvo mucha devoción en la ciudad, y se la sacaba en procesión desde su ermita a la ciudad en rogativas para pedir la lluvia. El pueblo de Malpartida solía venir también en rogativa hasta uno de los cerros cercanos a la ermita, una vez allí se rezaba el Rosario. Después retrocedían hasta el valle de San Esteban donde celebraban la comida. Por la tarde regresaban todos al pueblo escoltando al sacerdote y autoridades.

En la catedral de Plasencia estaba la cofradía de Santa Escolastica.

En el año 1.811 los franceses destruyeron esta ermita de Fuentidueñas.

En el año 1.967 el profesor José María Blázquez, realizo unas prospecciones arqueológicas en este asentamiento, denominado por él como “aedicula de Plasencia”. Se confirmando que fue un templo romano, datando su construcción en el siglo I.

Del estado de conservación dice que es excelente salvo la falta de tejado, que sería a dos aguas. El edificio está asentado sobre un podium y sin pronaos. La puerta de acceso se halla situada al norte y tendría seguramente escalones. En la pared W., hay una segunda puerta, con arco, que está datada en el siglo XV.

Las dimensiones son: Exterior 8,70metros de ancho, 9,80 de longitud, y 4,95 de altura.

En el interior: 7,90 x 8,66 x 0,40 de ancho de muros.

Este edificio romano, lo cita Ceán Bermudez, y tambienViu, ambos refiriéndose a la ermita de Fuentes Dueñas, porque en efecto se adiciono un cuerpo al edificio para convertirlo en ermita en la Edad Media. Citan los dos una lápida que había en las gradas del altar con la inscripción,…Sarco (…..s. Pater) C……, que piensan que perteneció a un sarcófago, y que ya no existe.

No tenemos noticias, que se hayan encontrados restos de población, puede que no la hubiere y fuese un santuario aislado como otros. Siendo aventurado inquirir, por qué se fundó en aquel sitio y a que deidad fue dedicado. Solamente unas excavaciones podrían dar luz en este problema.


Jose Antonio Pajuelo Jimenez - Pedro Luna Reina.
    
                                               "CREANDO CULTURA."














viernes, 23 de mayo de 2008

EL ADIOS..

ADIOS, DESAGRADECIDOS.

El subteniente Jefe Interino del CIR Centro Plasencia, Juan Matas Garrido, presidió el día 8 de Diciembre del año 1992 el último acto oficial, en el acuartelamiento militar “La Constancia” y confirmó que el próximo 31 de Diciembre la historia militar de Plasencia había terminado.
La celebración de la festividad de la Patrona de Infantería, estuvo precedida de los comentarios de repulsa de pueblo placentino. No obstante, muchos no quisieron dejar pasar, este acto para dar el último adiós, a los militares honestos que incluso han perdido el cargo por defender al cuartel. Pero existían otros intereses oscuros, que nadie quiso reconocer y el cuartel tenía que cerrar sus puertas, era el comentario de algunos asistentes
En el último acto oficial, estuvo presente el obispo de Plasencia y arzobispo electo de Burgos, monseñor Santiago Martínez Acebes. Esta visita inesperada para muchos, fue agradecida por todos, en lo que interpretaron su apoyo de la máxima jerarquía eclesiástica a la labor del ejército ha desarrollado en la ciudad.
En la misa de honor a la Patrona de Infantería, el cura párroco de San José, Don Ángel, tuvo unas palabras emocionadas y de elogio para los militares, que hizo que las lágrimas salieran a relucir a los más antiguos. El cura ofreció la parroquia de San José como nuevo hogar de la Inmaculada Concepción, y puso a disposición de los militares que no abandonan Plasencia su casa, para poder honrar de nuevo a la patrona, otros años sucesivos.
En la celebración también estuvo el presidente de la Asociación Cultural Placentina “Pedro de Trejo” Manuel Díaz López” quien en numerosas ocasiones había criticado el cierre del acuartelamiento “La Constancia”, por la significación histórica que el Ejercito ha tenido en Plasencia y la singularidad del edificio del antiguo colegio de San Calixto, pidiendo, incluso, que éste revierta al patronato de igual nombre.
Los objetos de valor fueron trasladados a Madrid, mientras que otros enseres se distribuirían en Cáceres y Badajoz. El día 31 de este mes, el cuartel seria cerrado definitivamente, si bien permanecería un retén de soldados para las tareas de vigilancia.
El Jefe interino del CIR, lamentó tener que dar esta noticia el día de la Inmaculada Concepción, Patrona del Arma de Infantería, y en la fecha del centenario de su patronazgo.
POR LA PUERTA FALSA:El ejército se marchó de esta ciudad de Plasencia, por la puerta falsa. La falta de consideración del Ministerio de Defensa, de la Capitanía General de Madrid, de los Mandos Militares de Extremadura, para los placentinos fue desmedida. Se estuvo engañando a esta ciudad desde el principio y esas mentiras solo consiguieron prolongar la agonía de una historia limpia, clara y ejemplar de las miles de personas que han dado su esfuerzo y sus vidas, en dicho acuartelamiento militar.
Casi con nocturnidad le robaron al cuartel de “La Constancia” La Bandera del Regimiento Órdenes Militares 37; en silencio, Defensa mando desmantelar las instalaciones, y, que al final cuando todos sabían que el 31 de Diciembre de 1992 se terminaba una larga historia, estos salvadores de la Patria dejan que sea un subteniente quien invite y presida el último acto oficial después de tantos años de convivencia en Plasencia. No fue justo ni hay derecho, que el Ejercito tratara así a sus hombres y a los placentinos, pero siempre se dijo que hay gente con clase y clases de gente.
El primer teniente alcalde Antonio Olivenza, prometió que se harían las gestiones necesarias para que la Bandera fuera entregada a la ciudad de Plasencia, ya que fue un regalo de la ciudadanía al cuartel. Pero si esta se conservase en la ciudad igual que la Bandera del Regimiento de Voluntarios de Plasencia, actualmente ubicada en antiguo convento de las Claras, presentando un deterioro muy acusado (ver foto de la Coronela, articulo de diciembre de 2007), no nos extraña que las gestiones solicitadas se encuentre paradas, para que esta Bandera se conserve en el Museo del Ejercito, junto a las de otros regimientos desmantelados.

Jose Antonio Pajuelo Jimenez - Pedro Luna Reina

viernes, 16 de mayo de 2008

ULTIMA EPOCA DEL REGIMIENTO




Historia del Regimiento dé las Ordenes Militares
CORONELES QUE MANDARON EL REGIMIENTO DE INFANTERIA ORDENES MILITARES N° 37 EN SU TERCERA EPOCA
D. Ildefonso Molins Manzanares.- D. Felipe González García.- D. Francisco Araujo Soler.- D. Virgilio Alvarez Buznego.- D. Mariano Moreno de Vega Astola.- D. Carlos Arces Vellamides.- D. Antonio Rivera Alted.- D. Antonio Delgado Alvarez.- D. Rodrigo Roldán García.- D. Ricardo González Olmedo.- D. José Montaner Luque.- D. NarcisoSánchez Morales.- D. Ricardo Carchitorena Zalve.- D. Miguel Sánchez Pérez.- D. Juan Chicharro Lamanie de de Clairac.- D. Horacio Santos Fernández.
El 16 de Febrero 1941, el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia donó al Regimiento la Bandera Nacional.
El 11 de Octubre de 1970 le fue impuesta por el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia la Medalla de Oro de la Ciudad, con corbata y lazo para la Bandera y a su coronel se le concedió el título de Hijo Adoptivo de la Ciudad de Plasencia.
FICHA DE BANDERAS Y ESTANDARTES CAPITANIA GENERAL DE: Madrid.

NOMBRE DE LA UNIDAD: Regimiento Infantería Ordenes Militares.

NOMBRE ESCRITO°. EN LA BANDERA OTANDARTE ES: Regimiento de Infanteria, Ordenes Militares n° 37.
FECHA Y LUGAR DE ENTREGA: 16 de Febrero de 1941, en Plasencia (Cáceres).
NOMBRE Y APELLIDOS DE LA MADRINA, Dña. María Dolores Simón González, Soltera. Hija del Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia.

TAMAÑO DE LA TELA: Ancho 1280 cms. Largo 1465 cms.

CLASE DE LA TELA: Tafetón de seda.

ESTADO DE CONSERVACION: Malo.

TAMAÑO DEL ASTA: (Incluye moharra y regatón). 2,75 mts.

¿TIENE GUARDAMANOS?: Si, CORBATAS,



NOMBRE:, DESCRIPCION Y FECHA DE CONCESION. EL l dia 11 de octubre le fue impuesta por el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia la Medalla de Oro de la Ciudad, con corbata y lazo. Por acuerdo del 14 de Mayo de 1982, por el Excmo. Ayuntamiento de Montehermoso le fue otorgada a la Bandera de este Regimiento y previa autorización de la Capitanía General de esta 1ª Región Militar, la corbata del pueblo de Montehermoso (Cáceres), el día 5 de Junio de 1982. OBSERVACIONES: No figuran en la Bandera (mención o corbata) ninguna de las condecoraciones otorgadas por su comportamiento heroico a las unidades de este Regimiento.
HISTORIAL DE LA BANDERA PERTENE CIENTE A ESTA UNIDADEl Regimiento de Ordenes Militares desde su creación (1793) hasta la fecha actual, ha pasado por diversas épocas denominaciones que en lo que a su Bandera se refiere podemos resumir así.
PRIMERA EPOCA (Años 1793 a 1823) Con el número 40, en el año 1793, y con el número 25 en el año 1812. De esta época no se tienen antecedentes relativos a su Bandera.
SEGUNDA EPOCA (Años 1920 a 1931) El Capítulo de las Ordenes Militares, al tener conocimiento sobre la reorganización del antiguo Regimiento de Ordenes Militares, se ofrece a regalar la Insignia de la Patria a su Regimiento, acto que se realiza el día 9 de Octubre cF 1920, en la Plaza de Estella, con asistencia de SM. el Rey Alfonso XIII, que entregó la Insignia a una representación de los Caballeros de las Ordenes Militares, Excmo. Sr. Duque del Infantado, por la Orden de Santiago. y Excmo. Sr Marqués de Acha, por la Orden de Calatrava. La Bandera fue entregada por el Excmo. Sr. Duque del Infantado S.M. el Rey, quien a su vez, la entregó al Regimiento por mediación de su Coronel Ilmo. Sr. D. Angel Morales Reynosa
TERCERA EPOCA (Años 1941.,. Con el número 41 en el año 1941, el 16 de Febrero de mismo año, el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia donó este Regimiento la Bandera Nacional, siendo madrina de acto la Srta. MARIA DOLORES SIMON GONZALEZ, vecina de esta localidad. Mandaba el Regimiento a la sazón e Ilmo. Sr. Coronel D. Felipe González García. Por Decreto de 21.12.43 (D.O. núm. 1 de 1944) pasó Regimiento núm. 41 a denominarse Regimiento de Infanteria de las Ordenes Militares núm. 37, recogiendo historial y Bandera del que precede, conservando ésta hasta la actualidad y estando en mal estado de conservación. El día 11 de Octubre de 1970 le fue impuesto por el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia la Medalla de Oro con Cm bata y Lazo, mandando en estas fechas el Regimiento el Coronel Ilmo. Sr, D. Rodrigo Roldán Garcia. El día 5 de Junio de 1982, el Excmo. Ayuntamiento de Montehermoso le otorga a la Bandera del Regimiento la Corbata del Pueblo de Montehermoso, mandando en esta fechas el Regimiento el Ilmo. Sr. Coronel D. Juan Chicharro Lamanié de Clairac.
La Compañía Operaciones Especiales nº11 fue fundada en 1969 y dependía del Regimiento Inmemorial nº 1 en Madrid.
Tras vivir 10 años como una COE independiente, pasaría el 26 de marzo de 1979 a formar parte del primer Grupo de Operaciones Especiales formado en la 1º Región Militar donde se uniría junto con la COE 12 (Plasencia), este seria el primer GOE originado en España.
En septiembre del 79 este GOE fue totalmente operativo, con la creación de la COE 13 y la consolidación de la Compañía de Plana Mayor.
El año 86, y por la I.G. 13/85, el GOE toma el nombre de "Ordenes Militares", heredado del Regimiento de Infantería núm. 47, de ese nombre que, por reorganización del Ejercito, fue disuelto.
En 1996 y tras 17 años unificados en el GOE I, pasaría a la disolución total del grupo, junto con las otras tres COES.

viernes, 25 de enero de 2008

TITULOS DE LA CIUDAD DE PLASENCIA.


La ciudad de Plasencia tiene el orgullo de poseer tres títulos para añadir a su nombre.
Los títulos son los siguientes: Muy Noble, Muy Leal y Muy Benéfica.
La historia de la concesión de los títulos es esta.

TITULO DE MUY NOBLE
En el año 1.195, el rey Alfonso VIII se enfrenta en la batalla de Alarcos al rey Aben-Jucef de los almohades. En la tropas cristianas hay ciertas discrepancias, las cuales terminan en la vergonzosa huida de don Diego López de Haro señor de Vizcaya, y de los nobles e hijosdalgos que con el fueron, siendo la causa de la derrota de las tropas cristianas.
Ante este hecho vergonzoso, el rey Alfonso viendo la valentía de las tropas placentinas, que seguían luchando a su lado, dijo:
“Valen mas los Caballeros Extremeños de las Villas, que los hijosdalgos de Castilla.”
El rey Alfonso VIII concedió a Plasencia el titulo de:“MUY NOBLE

TÍTULO DE MUY LEAL
En el año 1.442 el rey Juan II, contra toda razón, justicia y lógica, regala la ciudad de Plasencia a D. Pedro López de Zúñiga, Justicia Mayor del Rey, sin tener en cuenta que el fuero de la ciudad decía claramente que solo serian señores de Plasencia, el Rey y Dios.
Anteriormente se la había regalado a su primera mujer, Doña María de Antequera, la cual la poseyó hasta su muerte.
Este vasallaje duró 46 años, es decir, hasta el año 1488, en el cual varios nobles placentinos se confabulan, con permiso de los Reyes Católicos, y asaltan la ciudad al grito de “Plasencia por los Reyes don Fernando y doña Isabel”. Después de varios días de lucha, consiguen rendir a las tropas del conde, pasando la ciudad a ser otra vez realenga.
El día 22 de diciembre de 1.488 los Reyes Católicos firman en Valladolid un documento por el cual se comprometen a no volver a enajenar Plasencia de la corona real. (El dicho documento se conserva en el Archivo Municipal).
Por estas fechas se empieza la conquista de Granada, Plasencia junto con Coria y Badajoz pagaron 26.525.036 maravedies, para ayudar a esta guerra.
El día 20 de Octubre de 1.494 el rey D. Fernando el Católico entra en la ciudad, se dirige a la catedral, y en su puerta, de rodillas, jura los Fueros de la ciudad, y que nunca volverá a enajenarla.
En memoria de este hecho se colocó en la puerta de Trujillo una lápida laudatoria sobre la cual están las armas de los Reyes Católicos; la lápida dice así:
LIBERTAS VITE, GEMMIS, AUROQUE PREFERTUR. LIBERTAS NOBILEM REDDIT PLACENTIE URBEM, CUAM FORTUNA SPREVIT, REGIAN QUE IN LUCEN REDEMIT. NOVILES PRETEREA PLACENTIE, URBIS QUE HEROES DEVICERUNT HOSTES, SUB REGIO MARTE, FEROCES. REGIBUS QUIBUS QUIPPE DECET, HOMINES QUE SUBDITOS FORE. ANNO M. IIII. LXXXVIII
(Traducción)
LA LIBERTAD DE LA VIDA ES PREFERIBLE AL ORO Y A LOS DIAMANTES, LA LIBERTAD HA DEVUELTO SU NOBLEZA A PLASENCIA, QUE ESTABA MENOS PRECIADA DE LA FORTUNA. LA LIBERTAD LA HA REDIMIDO PARA EL REY. LOS NOBLES CABALLEROS DE LA CIUDAD DE PLASENCIA, BAJO LAS BANDERAS REALES, VENCIERON A LOS FEROCES ENEMIGOS, Y POR LO TANTO ES CONVENIENTE A TODOS LOS HOMBRES EL ESTAR SUMISOS A LOS REYES.
AÑO DE 1.488

Para quedar constancia de este juramento, los Reyes Católicos entregan al concejo de Plasencia una carta en la cual ratifican el propósito de mantenerla siempre bajo su tutela. Esta carta dice así: Transcripción:
Don Fernando e Doña Ysabel, por la graçia de Dios, rey y reyna de Castilla, de León, de Aragón, de Seçilia, de Toledo, de Valençia de Gallizia, de Mallorcas, de Sevilla, de Çerdeña, de Córdova, de Córçega, de Murçia, de Jahén, delos Algarbes, de Algezira, de Gibraltar, conde y condesa de Barçelona e señores de Viscaya e de Molina, duques de Atenas e de Neopatría, condes de Ruisellón e de Çerdaña, marqueses de Oristán e de Goçiano; al prínçipe don Juan, nuestro muy caro e amado fijo, e a los ynfantes ,duques, perlados, condes, marqueses, ricos omes, maestres delas hórdenes, e a los del nuestro consejo e oydores dela nuestra abdiençia, alcaldes, alguaziles de la nuestra casa e corte e chancillería, e a los priores, comendadores e subcomendadores, alcaydes delos castillos e casas fuertes e llanas, e a todos los conçejos, justiçia, regidores, cavalleros, escuderos, ofiçiales e omes buenos ansy dela çibdad de Plazençia como de todas las otras çibdades e villas e lugares delos nuestros reynos e señoríos, a cada uno e cualquier de vos a quien esta nuestra carta fuere mostrada, o el traslado della signado de escrivano público, salud e graçia. Sepades que por parte del conçejo, justiçia, regidores, cavalleros, escuderos, ofiçiales e omes buenos della dicha çibdad de Plazençia, nos fue fecha relaçión diciendo quela dicha çibdad e su Tierra sienpre en los tienpos pasados fue de nuestra corona real, e encorprada en ella segund lo son las otras çibdades e villas e lugares de nuestros reynos, e que non podiendo ser separada nin apartada dela dicha nuestra corona real, ansy por su grand poblaçión, como por ser cabeça de obispado. E que el rey don Juan, nuestro señor y padre, por las nesçesidades que le ocurrieron en el tienpo delos movimientos que en estos nuestros reynos ovo, dio la dicha çibdad al conde don Pedro de Çuñiga, el qual, como quería quel dicho conde, tomó y reçibió la dicha çibdad. Muchas vezes dixo quel non quería la dicha çibdad, porque todavía estovo enajenada en vida del dicho conde, e después en vida del duque don Álvaro su fijo, fasta tanto que fallesçió. E después de su muerte los principales e más naturales dela dicha çibdad trabajaron por la reducizir e tornar a nuestra corona real, fasta tanto que yo el rey la fui a reçibir, e pedí al duque don Álvaro, nieto del dicho duque don Álvaro, que nos entregase la fortaleza dela dicha çibdad; el qual guardando la obidiençia e la lealtad que nos devía, e conosçiendo quan justo era que la dicha çibdad fuese tornada a nuestra corona real por las causas susodichas, nos la entregó, e ansy fue reduzida e reentregada a nuestra corona real. E por parte dela çibdad nos fue suplicado e pedido por merçed que, acatando las causas susodichas e como la dicha çibdad es delas fuertes de nuestros reynos, e el lugar donde está situada e como está en los confines de nuestros reynos, que la mandasemos de nuevo encorporar en nuestro patrimonio e corona real, e que le mandasemos dar nuestro previllejo dello. E nos por fazer bien e merçed a los vezinos e moradores dela dicha çibdad, ansy los que los que agora son como los que serán de aquí adelante para sienpre jamás, y entendiendo que cunple ansy a nuestro servicio e al bien e procomuz de nuestros reynos e acatando los ynconvinientes que se podrían seguir sy la dicha çibdad fuese apartada y enajenada de nuestra corona real, tovímoslo por bien. E por la presente de nos propio motuo e çierta çiençia, encorporamos e ryntregamos la dicha çibdad de Plazençia con toda su Tierra e término e jurediçión en nuestra corona e patrimonio real, para que agora e de aquy adelante para sienpre jamás, sea avida e tenida por de nuestra corona y patrimonio real, e non pueda ser reparada (sic.) nin apartada della, por ninguna cabsa nin razón, nin nesçesidad pública o particular de qualquier calidad e ynportançia que sea o ser pueda. E prometemos y seguramos e damos nuestra fe e palabra real por nos e por el dicho prínçipe don Juan, nuestro fijo, e por los otros reyes e subçesores que después de nos vinieren, que non apartaremos nin enajenaremos la dicha çibdad nin su Tierra e términos o jurediçion, de nuestra corona real, e que sienpre la conserveremos e guardaremos para ella, e sy la enaajenaremos (sic) que non vala, e la tal elaneaçión sea ninguna e de ningund efecto, porque vos mandamos a todos e cada uno de vos que esta nuestra carta e todo lo en ella contenido, e cada una cosa e parte dello, guardeys e cunplays e fagays guardar e cunplir en todo tienpo e para sienpre jamás. E que deys a la dicha çibdad e vezinos della, todo el favor e ayuda que vos pidiere e menester ovieren, para ser conservados en la dicha nuestra corona real. E si dello quisyeren nuestra carta de privillejo, mandamos al nuestro chançiller e notarios e a otros ofiçiales que están a la tabla delos nuestros sellos, que vos lo den e libren, e pasen e sellen sin derechos algunos, e los unos nin los otros non fagades nin fangan ende al por ninguna manera, so pena dela nuestra meçed e de diez mil maravedís para la nuestra cámara. E demás mando al ome que vos esta nuestra carta mostrare, que vos enplaze que parescades ante nos en la nuestra corte, doquier que nos seamos, del día que vos enplazare fasta quynze días primeros syguientes, so la dicha pena so la qual mandamos a qualquier escrivano público que para esto fuere llamado, que de ende al que vos la mostrare testimonio sygnado con su sygno porque nos sepamos en como se cunple nuestro mandado. Dada en la noble villa de Valladolid a veyntydos días del mes de dizienbre, año del nasçimiento de Nuestro Salvador Ihesu Christo de mil e quatrocientos e ochenta e ocho años. Yo el rey, Yo la reyna (rubricado).
Yo, Johan de Coloma, secretario del rey e dela reyna nuestros señores, la fize escribir por su mandado.
Que vuestra alteza procure de no enajenar de la corona real a Plazencia y la incorpore en ella
1.488, diciembre, 22. Valladolid.
Los Reyes Católicos, a petición del Concejo Placentino, reintegran Plasencia y su Tierra a la Corona y se comprometen a no enajenarla.
La carta original se conserva en el Archivo Municipal de Plasencia. Sus características son: Provisión de la Cámara Real. Original. Papel. 1 h. 302 x 261 mm. Cortesana. Falta sello de placa. Firmas autógrafas de los Reyes. Cuadernillo de cinco hojas más cubiertas que incluye confirmaciones posteriores de D.ª Juana y Felipe II. Mal estado de conservación de este último documento, roturas y falta sello de placa.
Es de gran importancia el significado de este documento para la historia de Plasencia, ya que a partir de esta fecha va a ser siempre ciudad realenga, al rescatarla del señorío de los Zúñigas.

Los Reyes Católicos para premiar la fidelidad de Plasencia hacia la corona, le otorgan el titulo de "MUY LEAL

TITULO DE MUY BENÉFICAA finales del siglo XIX, cuando terminó la guerra de Cuba, los heridos y enfermos que llegaban a España eran montados en los trenes y enviados rápidamente a sus respectivas localidades (la mayoría de los repatriados venían heridos o enfermos de enfermedades contagiosas).
El día 9 de Octubre de 1.898 comunica el Gobernador de Salamanca que pasará por Plasencia un tren cargado con 400 soldados enfermos y heridos de los cuales varios eran de nuestra zona.
Enterada la gente de Plasencia de que venía el tren de los repatriados, se volcó toda la ciudad en la estación. Se cerraron las tiendas y comercios, y cada uno llevó lo que humanamente pudo, unos comida y agua, otros mantas y sábanas, otros vendas, etc.
Cuando el tren llegó a Plasencia (10 de la noche) la estación estaba convertida en un hospital de campaña.
La evacuación de los enfermos y heridos corría a cargo de la Cruz Roja, los cuales debían transportar estos enfermos al Hospital de Santa María.
Al ser numeroso el número de personas para transportar, se pidió ayuda a la ciudadanía, la cual se volcó sin condición de clases sociales.
Es muy de destacar la actuación de las mujeres de la calle Ancha y entre ellas de la señora Isabel Pérez "La Cabrera", Rafaela Calderón “La Calderona”, Dionisia “La Mana”, Leonarda Melo, María Cano, etc. . Esta señora Isabel, la Cabrera, madre de ocho hijos (el último le nació cuando tenía ella 51 años) al saber la situación en que llegaban los soldados movilizó a todas sus vecinas de la calle Ancha, las cuales respondieron rompiendo sus pobres ajuares para hacer de las sabanas vendas, sacaron de sus baúles las pocas ropas que tenían para arropar aquellos cuerpos invadidos por las fiebres y toda clase de enfermedades. La señora Isabel se multiplicó para estar en los sitios de mayor necesidad. La descripción que hace Francisco Mirón de la muerte de un soldado en sus brazos es sobrecogedora.
La tarea duró toda la noche hasta el día siguiente en que marchó el tren, pero los heridos y enfermos que estaban en peor situación se quedaron en la ciudad.
Días después llegaron varios trenes de soldados repatriados que también venían enfermos y heridos; la ciudad los siguió acogiendo y con el mismo cariño y con la misma prontitud les curaron sus heridas.
El año 1.999 después de muchísimas peticiones se ha conseguido que el ayuntamiento ponga una placa conmemorativa en la calle Ancha, en la casa donde vivió la señora Isabel “La Cabrera”
En 1.901, el presidente local de Cruz Roja D. Eduardo García Monge, el diputado por Plasencia D. Ramón Cepeda Montero, el alcalde de la ciudad, don Manuel Vidal y el canónigo don José Benavides Checa, solicitaron al gobierno el título de Benéfica para la ciudad.
Al conocer este hecho humanitario la reina regente Maria Cristina y el gobierno, acordaron conceder los habitantes de Plasencia el título de: “MUY BENEFICA "
Era el día 15 de julio de 1.901, y el día 28 de este mes el Ayuntamiento reunido en sesión plenaria acepta el título, y lo une a los otros dos que ya tenía la ciudad.
De los tres títulos que ostenta la ciudad, este es del que más orgullosa puede sentirse Plasencia, pues el primero nos fue dado por ayudar al rey Alfonso VIII en la Batalla de Alarcos, el segundo nos lo dio Fernando El Católico por querer ser libres, pero este tercero nos lo ganamos los placentinos por nuestro patriotismo y amor a los demás, demostrando a los demás pueblos y ciudades de España lo que es el sentido de la Caridad.


Jose Antonio Pajuelo Jimenez 
Pedro Luna reina

viernes, 18 de enero de 2008

LOS ORIGENES DE LA CIUDAD


ORIGENES DE LA CIUDAD:   Que las leyendas no se hagan ley… No se sabe con certeza , no esta muy documentado, pero creemos asegurar que la fortaleza de Ambroz, fue construida en la segunda mitad del siglo VIII ( el Ambroz de las cronicas cristianas) por Oveida ben Amza famosísimo guerrillero musulmán decapitado mas tarde por el vali Amru en Toledo, por orden del emir Alhajen de Cordoba. Esta fortaleza fue conquistada por don Ordoño; perdida Plasencia, fue reconquistada por el rey de Navarra y Conde de Castilla; se apodero nuevamente de ella el famoso Almanzor y en 1077 Alfonso VI la une a la corona; la conquista no fue definitiva, alternan en su posesión moros y cristianos. Alfonso VII, la arrebata a los muslimes en 1124, y Alfonso VIII, la saca definitivamente del yugo Ismaelita en 1178, un año después de la conquista de Cuenca, decidiendo fundar en este lugar la Ciudad de Plasencia dotándola con un escudo que tiene una inscripción “ Placeat Deo et hominibus “, Para agradar a Dios y a los hombres, como si quisiera dar a entender lo benigno y grato del clima en que se había de asentar la ciudad que fundaba. Sobre una suave loma, bañada por el río Jerte, en el dilatado valle que forman las vertientes de algunos ramales de los montes carpetanos, se halla edificada esta Ciudad. El Arzobispo de Toledo D. Domingo Jiménez de Rada, es su libro 7º de si Historia de España, capitulo 28, tratando de la fundación de Plasencia, por el Rey D. Alfonso VIII, trae estas palabras dignas de que la Ciudad las tuviese en mármol para memoria de sus hijos, y elogio del gran rey fundador: “ convertit manum ad novitaten operum et edificavit denuo civitaten, gloria statuit in ea presidium patriae, et nomen ejus vocavit Placentiam. Covertit populos in urbe novam, et exaltavit ibi tryaram pontificis, sacerdotio logis ordenat cam et delatavit terminas ensis sui.” Convirtió su mano a la novedad de las obras, edifico de Nuevo una Ciudad de Gloria, puso en ella el presidio de la Patria, y llamole Plasencia; convirtió los pueblos en una Ciudad nueva y ensalzo allí la tierra pontificia; ordenándola de Sacerdocio de la ley y dilato los términos de su espada. Las palabras "edifico de nuevo" , así como la mención que hace el Rey en el privilegio o carta de fundación de que “ él juntamente con su mujer Leonor y sus hijas las infantas Berenguela y Urraca, para honra de Dios, en un sitio que desde muy antiguo se llamaba Ambroz, edifica una Ciudad, a la cual puso de nombre Plasencia. El objeto que se propuso el Rey fundador fue tener un baluarte en las frontera de Castilla, que entonces era el limite, mando edificar un alcázar en la parte mas elevada de la Ciudad y fuertes murallas con sus cubos o torreones y barbacas. D. Bricio, fue el primer prelado que ocupo la Sede Placentina, desde el mes de Abril de 1190 al 1212, en que fue trasladado a la Santa Iglesia Catedral de Burgos, dirige su mirada a la seguridad exterior construyendo imponentes muros, con sus majestuosos cubos que aumentan la seguridad de la codiciada plaza, y terminadas estas obras, en la que trabajaron constantemente nueve mil hombres, en los once meses que duro la obra, comienza la construcción de la primitiva Catedral, que estuvo emplazada en parte de lo que hoy ocupa la Iglesia de Santa Ana, la Magdalena en lo mas apartado de la fortaleza, la parroquia de San Pedro (es el edificio que los árabes construían con esplendidez para su mezquita ), la de San Martín, en el mismo sitio que hoy la admiramos y todas se remontan al año 1200; en las jambas de la puerta de San Martín, próxima a la calle la Tea, se lee: “ Estos arcos fizo Joan e era Domínguez mayordomo. Era MCCXXVIII “, o sea año de N.R. 1200. Siendo esta la inscripción mas antigua de la ciudad que se conserva en el día de la fecha. La ermita de la Cruz, ( Santa Elena ) la mando construir D. Bricio para colocar al Santísimo. Cristo de las Batallas, en recuerdo del que se venera en Burgos, delante de esta Sagrada Imagen juraban los caballeros y soldados de Plasencia y su tierra, antes de ir a la guerra. Se desconoce los primeros Prebendados y el numero fijado por D. Bricio entre los esclarecidos de su siglo, las iglesias por el edificadas en las villas y pueblos de su Obispado, y las armas que diera a la Catedral, cuya primera piedra coloco con sus manos victoriosas el fundador D. Alfonso VIII.
. Semanario Pintoresco Español. Prelados Placentinos. J. Benavides Checa.

sábado, 12 de enero de 2008



TESTAMENTO DEL REY D. ALFONSO VIII
(1155 – 1214)
(FUNDADOR DE LA CIUDAD DE PLASENCIA EN 1186)

(8 de diciembre de 1.204)
Fidel Fita

Lamentó su extravío el Marqués de Mondéjar. Publicó Don Miguel de Manuel Rodríguez el texto; pero tan mermado é inconexo, que estimándolo inseguro é inútil rehusó aprovecharse de él el docto Llorente. Sin embargo, la tela original de que sacó los retazos el P. Burriel, era muy preciosa. No por ser incompletos ó estar mal trabados los fragmentos de alguna lápida, dejará de recogerlos ávida y estudiosa la Arqueología.
El Liber privilegiorum ecclesie Toletane (fol. 26 v.-28 v.), códice del siglo XIII, que describí, nos ofrece cabal é íntegro el testamento regio. En mi copia literal, que tengo el honor de presentar á la Academia, viene subrayado, ó de letra bastardilla, lo que falta á la edición del año 1800, y anotado lo que le sobra.
No siempre el intérprete leyó bien lo que veía, y más de una vez se arrojó á suplir viciosamente lo que en los huecos del documento original le plugo creer que el sentido solicitaba.
Testamentum Illustris Regis Aldefonsi factum apud Fontemdoniam.
In nomine domini. Ego A., dei gratia Rex Castelle et Toleti, sanus mente licet eger corpore, facio cartam testamenti pro salute et remedio anime mee, volens ac firmiter precipiens eam plene et perfecte custodiri et impleri a Regina uxore mea Alienore et a filio meo domino Ferrando, et a[b] omnibus vassallis meis.
In primis mando quod Regina uxor mea habeat integre omnes arras suas; et dimitto regnum meum filio meo domino Ferrando, mandans quod idem filius et Regnum sint in manu eiusdem Regine uxoris mee.
Mando insuper et volo quod omnes violencie, quas ego aliquibus feci ira vel odio vel aliquo alio modo in hereditatibus vel in peccunia sive in quibuslibet aliis, per inquisitionem domini Toletani, domini Segobiensis, F[errandi] didaci et Guterrii ermildi prioris hospitalis per Reginam uxorem meam et per filium meum dominum F. plenarie emendentur.
Promitto etiam quod, si deus dederit michi sanitatem, ego restituam regi Navarro omnia que teneo de ponte de Araniello usque ad fontem rapidum, et castella de buraon, de sancto vicentio, de Toro, de marannon, de alcaçar, de sancta cruce de campeço, villam de antonnana et castellum de atauri et de portella de cortes. Scio enim quod hec omnia predicta de Regno Regnis Navarre debent esse et ad eum pertinere; ita tamen si Rex navarro dederit michi omnimodam seccuritatem quod nunquam magis michi vel filio meo dampnum inquirat. Et si me prius mori contigerit, mando quod filius meus, dominus Ferrandus et dompna Regina uxor mea hec omnia castella et terram prenominatam eidem Regi navarro reddant; percepta tamen ab codem. Rege navarre seccuritate quod aliquod dampnum filio meo nunquam inquirat. Tamen, si dominus toletanus, dominus Segobiensis, dompnus F. didaci et G. ermildi prior hospitalis dixerint quod absque ulla seccuritate debent sibi hec omnia restitui, absolute ei restituantur.
Item mando quod Valderas, Bollannos, villam fructuosam, Melgar, Castrum pontii, Sierum de Rianno, Sierum de asturiis, Almanciam, Castrum terre, Carpium et Montreal reddant nepoti meo dompno Ferrando filio A. Regis Legionensis et Regine filie mee dompne Berengarie. Verumptamen, si dominus Toletanus, dominus Segobiensis, F. didaci et G. ermildi prior hospitalis dixerint quod dicto A. Regi Legionensi debent de iure castella predicta dari, ipsi et non filio suo dentur.
Mando eciam quod dompno D[idaco] lupi reddatur absolute Bizcaya et omnes alie hereditates quas quondam ei dederam pro concambio de Cameth, sine altera pleytesia.
Mando quoque quod Petro ferrandez reddantur omnes hereditates sue, que pertinent ad eum de suo avolongo; et quas ego ei dedi in dono vel in concambio. Et Guterrio roderici reddantur hereditates sue. Sciendum est tamen quod ego prendidi quasdam hereditates et ecclesias sancte Marie de portu ad opus populationis de leredo; unde mando quod Regina uxor mea et filius meus dominus Ferrandus dent eidem ecclesie tot et tantas hereditates, que valeant tantum quantum valebant ille quas ego prendidi.
Et etiam, si ego aliquam intuli violenciam aliquibus pro populatione de Leredo et de Castro ordiales, per inquisitionem domini Toletani, domini Secobiensis, domni F. didaci et G. ermildi prioris hospitalis a Regina uxore mea et a filio meo domino F. integre mando restitui.
Certum sit etiam quod, cum adeptus sum villam fructuosam, eo quod homines ville sincerius me diligerent et quod firmius eam haberem, multa quampluribus violenter occupavi, et hominibus eiusdem ville dedi. Sed mando quod per inquisitionem domini Toletani, domini Secobiensis, domni F. didaci et G. ermildi prioris hospitalis et Alfonsi tellii, qui ipsius terre est naturalis, a Regina uxore mea et a filio meo domno Fernando plenarie restituantur.
Similiter mando quod quantum invenerint dominus Toletanus et alii quatuor prescripti per veram inquisitionem, quod ego accepi de solaribus et hereditatibus aliisque rebus aliquibus hominibus in Buardo, cum ipsam villam populavi, reddatur precium dominis suis, quod tunc valebant illi solares et hereditates; et si precium illis redditum non fuerit, quod tunc habebant nunc plene possideant; et mei homines habeant similiter quod meum erat, et etiam id totum quod emi vel pro quo concambium dedi.
Mando iterum quod montein illum, quem hominibus de villa garsie abstuli et dedi hominibus de villa fructuosa, penitus eisdem hominibus de villa garsie reddant. Volo etiam quod domne Stephanie quedam hereditas, quam ab ea accepi eo quod de se conquerentibus satisfacere non volebat, restituatur, ipsa satisfaciente conquerentibus.
Promisi etiam in manu domini toletani, et promitto deo et beate marie ut populationes, quas de novo feceram, scilicet, de Nagera, de Bannos, de Grannon, de libriellos, de Saya zaarra, de Fridas, de Carranca, ex quibus et pro quibus multa dampna evenerunt militibus et ordinibus, destruam; et populatores, qui ad eas venerunt, ad loca sua reverti faciam. Si vero me prius mori contigerit, mando quod Regina uxor mea et filius meus dominus F. destruant eas, et faciant populatores redire ad loca illa unde venerunt. Et etiam homines de Bardahuri, qui ad Mirandam populari [venerunt], ex quo dompnus D. lupi a me recessit, pocius sponte sua quam precepto meo, ad sua loca revertantur; et deo promi[t]to quod si vixero eos reverti faciam.
Volo insuper et mando quod omnes homines illi christiani, qui mandato meo in carceribus vel alibi captivi tenentur captione vel alio quolibet modo, si me mori contigerit, post meum decessum penitus absolvantur et a captione modis omnibus liberentur. Pro utilitate autem anime mee absolvo Guterrium diaz omnesque alios merinos meos, sic quod ratione de Merindat a meo filio domino F. vel ab aliquibus successorum meorum deinceps non inquietentur vel impediantur.
Item pateat cunctis quod ego teneor persolvere creditoribus meis, nominatim illis quorum nomina scripta sunt in quaterno meo, cuius exemplar tenet domina Regina, usque ad Nonaginta milia morabetinorum. Quos Regina uxor mea et filius meus dominus F. ad plenum de redditibus meis persolvant. Attamen, si eidem Regine uxori mee, dominoque Toletano, domino Segobiensi, dompno F. didaci et G. armildi priori hospitalis pro certo constiterit quod preter prescriptum debitum aliquibus aliis aliquid teneor persolvere, sepedicta Regina uxor mea filiusque meus dominus Ferrandus per eorum inquisitionem totum ad plenum persolvant. Sciendum est etiam quod ego tenebar persolvere avomar almoxarifo meo, ultra illud quod de certis redditibus meis, quos de me tenebat, michi dare tenebatur, decem et octo milia morabetinorum, quos michi dedit, et ex quibus meam cartam bullatam penes se habet; sed quoniam sex milia morabetinorum iam ei persolvi, mando quod Regina uxor mea meusque filius dominus F. sine aliqua contradictione duodecim milia morabetinorum de redditibus toleti sibi persolvant, unoquoque anno sibi tribuendo in eisdem redditibus toleti tria milia morabetinorum.
Item notum sit omnibus quod ego plures teneor persolvere morabetinos Stephano iuliani alcaldo de toleto, quos ego ab eo mutuo exegi; et ex quibus omnibus cartas meas apertas sigillo meo sigillatas penes se habet; quos a regina uxore mea et a filio meo domino F. sibi dari precipio.
Notum sit etiam quod ego pro iniuncta michi penitentia tenebar daro pauperibus unaquaque die aureum unum; et iuxta estimationem meam defecerunt inde ad minus duo milia morabetinorum, quos non dedi; quos a Regina uxore mea et a filio meo domino F. firmiter mando pauperibus dari.
Item volo et mando quod Regina uxor mea meusque filius dominus F., ultra istud debitum meum quod prescriptum est, addant illi meo debito decem milia morabetinorum; et ista X.m milia morabetinorum distribuantur monasteriis pauperrimis cisterciensis ordinis, in Regno meo constitutis, et etiam aliis monasteriis pauperrimis eiusdem ordinis in confinio Regni mei constitutis.
Et hii morabetini dentur approbatione et mandato domini toletani, domini secobiensis, dompni F. didaci et G. ermildi prioris hospitalis.
Mando etiam Regine uxori mee meoque filio domino F. quod de redditibus salinarum de Atencia, de Medina celem, de Belinchone, de espartinis, de Rusio, et de redditibus toleti et de Magam, non dent aliquid alicui meo rico homini quousque mea debita ad plenum persolvantur; et obsecro omnes meos ricos homines quod, sicut ego non inspexi animam vel corpus meum in benefaciendo illis, non sit eis molestum hoc quod accipio pro meis debitis persolvendis. Salinas quoque de Annana dominis suis mando teneri.
Rem dono deo et ecclesie beate marie toletane sedis pro meo anniversario ibidem faciendo Torrillos cum omni hereditate et vineis et cum omnibus aliis que ibidem habeo, et omnem meam partem quam habeo in Esquivias, et omnem meam hereditatem mee appotece de Talavera, et molendina que ibidem habeo, iure hereditario in perpetaum habenda.
Mando preterea deo et ecclesie kathedrali de Secobia et episcopo et canonicis pro meo anniversario singulis annis faciendo villam quam vocant Frexno cum omni iure suo; et rogo eos diligenter quod construant ibi Castellum et munimen. Tamen sit certum omnibus quod castella episcoporum regni mei filii mei ac meorum successorum debent esse.
Mando quoque deo et ecclesie cathedrali sancte Marie de Concha pro meo anniversario singulis annis ibidem celebrando Nopdam cum omni hereditate sua et cum vineis et cum omnibus aliis quas ibidem habeo, et cum orto et pratis et cum omnibus aliis vineis quas habeo in Conca et cum aceniis et molendinis farine et pannorum.
Mando etiam deo et cathedrali ecclesie beate marie de Conca pennas de Pedraluch prope tagum cum illis kaficiis salis, sicut in instrumento, quod de eisdem pennis eiusdem ecclesie episcopo iussi condi, plenius continetur.
Item dono pro meo anniversario Monasterio Burgensi sancte Marie regalis, quod ego et Regina uxor mea construximus, ubi corpus meum tumuletur, Castrum ordial[is] et Leredo cum omnibus meis directuris et cum, omnibus consuetudinibus quas michi solent dare et non amplius. Mando etiam eidem Monasterio sancte marie regalis et dono omnem meam hereditatem appotece de Munione; si tamen Regine placuerit, quia est de dotibus suis. Si vero ei non placuerit, remaneat pones illam.
Sciendum est preterea quod, cum ego eram puer et a regibus Legionis et Navarre etiamque a sarracenis regnum meum acriter infestabatur, imo nitebantur ut me exheredarent, Comes dompnus Nunnus et Petrus de arazuri, in quorum potestate eram et a quibus nutriebar, pro instituendo in Oxomensi ecclesia pastore, que tunc temporis episcopo vacabat, quinque milia morabet[inorum], me inconsulto et ignorante, a quodam perceperunt; quos in defensione cuiusdam civitatis mee, que Calagurra dicitur, que iam pro ingenti guerra pene consilio et auxilio erat destituta, expendiderunt. Ideoque, pro reconpensatione dicte peccunie, prefate ecclesie Oxomensi castellum de Oxoma cum villa et cum omni iure suo post decessum comitis Gundissalvi, cui in concambium dedi diebus suis habendam pro hereditate sua quam michi dedit, integre dari precipio.
Mando quoque quod monasterio cisterciensi dentur quinque milia morabetinorum; scilicet duo milia quos eis promisi pro comparanda quadam hereditate, el tria milia pro adducenda quadam aqua ad opus sui monasterii de qua valde indigent. Pateat etiam cunctis quod in redditibus mei, Toleti, dedi eidem monasterio Cisterciensi trecentos morabetinos unoquoque anno perhenniter percipiendos; unde monachi eiusdem monasterii meum habent privilegium bullatum; el omnimode volo et mando quod perhenniter eos habeant et annuatim percipiant sine contradictione et diminutione aliqua.
Mando preterea quod ordini et fratribus hospitalis detur pro salute anime mee castellum de villa vega, et castellum de Cabannas cum omni iure suo.
Mando siquidem quod regina uxor mea et filius meus dominus
F. pro illa hereditate de Tovella, que est domini Toletani et nepotum suorum, quam ego promisi ordini grandis montis, dent eidem archiepiscopo et nepotibus suis concambium, tamen cum suo beneplacito. Si vero dictam hereditatem cum eorum beneplacito habere nequiverint, dent eisdem monachis in alio conpetenti loco hereditates et tot redditus, in quibus sex monachi et viginti fratres sui ordinis honestim possint vivere et sufficienter; et ut capitulum ibidem possit fieri secundum quod precipit ordo suus.

Volo itaque quod, persolutis omnibus debitis meis et completo quod pro remedio anime mee dari precipio, et castellum salve terre et fratres eiusdem ordinis pro constructione et reparatione et retinencia eiusdem castelli salve terre per decennium percipiant unoquoque anno in redditibus meis Toleti decem milia morabetinorum. A simili, fratres et castellum de Ucles in eisdem redditibus meis de Toleto percipiant per decennium quatuor milia morabetinorum, debitis meis persolutis. Fratres quoque hospitalis et castellum de Consogra percipiant unoquoque anno per decennium in eisdem redditibus toleti duo milia morabetinorum. Fratribus siquidem grandis montis, debitis meis persolutis, pro remedio anime mee dentur IIIIor milia morabetinorum. Elapsis vero illis decem annis habeant helemosinas et beneficia, que filius meus dominus F. eis voluerit conferre.
Volo insuper et mando quod de toto meo argento pro delictorum meorum venia consequenda fiant calices ad corpus domini conficiendum et consecrandum; et quod calices illi fíant illius quantitatis et magnitudinis et eo modo quem dominus Toletanus, dominus Secobiensis, domnus F. didaci et prior hospitalis laudaverint; et quod distribuantur et dentur per omnes Regni mei ecclesias cathedrales et per monasteria ordinum cisterciensium et premonstratensium et monasteriorum monacorum nigrorum in hunc modum: Ecclesie beate marie de Toleto dentur quatuor calices; Monasterio sancte Marie regalis de Burgis dentur quatuor calices; deinde singulis ecclesiis cathedralibus regni mei dentur duo calices; quibus sic datis et distributis, singulis monasteriis cisterciensis ordinis in regno meo constitutis detur unus calix ad sumendam eucharistiam et sanguinem domini nostri ihesu christi consecrandum; quo peracto, siqui calices residui fuerint, detur unicuique monasterio premostratensis ordinis in regno meo constituto unus calix argenteus; hiis itaque completis, singulis monasteriis nigrorum monachorum in regno meo constitutis detur unus calix, approbatione et arbitrio domini Toletani, domini Secobiensis, dompni F. didaci et G. armildi prioris hospitalis; et etiam, si aliqui calices superfuerint, per eorum approbationem per regni mei monasteria distribuantur.
Preter hec omnia mando quod arma que habeo, loricas scilicet, et loricones, et loricas equorum, balistas, turquisias, cophas et capellos ferreos ad dei obsequium dentur. Et fiant tres partes, et in hunc modum dividantur: fratribus Salve terre detur pars tertia; secunda fratribus de Ucles; ex tercia que remanet dentur due partes fratribus hospitalis et tercia pars detur fratribus milicie templi.
Preter hec omnia mando quod hoc ultimum testamentum meum valeat; et hoc mando compleri a Regina uxore inea et a filio meo F. et a cunctis vassallis meis.
Facta carta apud Fontemdoniam, Era M.ª CC.ª XL.ª Secunda, VIII.ª die mensis Decembris, Rege expri[mente].

Del Liber privilegiorum son además los datos siguientes:
Burgos, 23 de Setiembre, 1208. -Fól. 55 r.

De íuramento facto super testamentum domini regis A.
Notum sit omnibus tam presentibus quam futuris quod ego Aldefonsus, dei gratia rex castelle et toleti feci iurare et ominium facere filium meum dompnum fernandum et vassallos meos dompnum Didacum lupi, Alvarum nunii, comitem ferrandum, Gunzalvum nunii, Gunzalvum roderici, quod cum ego decessero omnia mea debita persolvantur de meis redditibus de toleto et de monte de magam et de omnibus meis salinis; et fecerunt plectum et ominium quod nec filius meus nec alius aliquid de predictis redditibus recipiant donec omnia mea debita persolvantur; quod nisi conpleverint ita, sint proinde proditores et alevosi. Et est sicendum quod predicti redditus debent remanere in manu regine domne Alionor karissime uxoris mee, ut cum consilio dilecti et amici mei dompni fernandi didaci omnia mea debita ad plenum de predictis redditibus persolvat quomodo ipsa pro meliori tenuerit. Siquis vero hoc statutum impedire vel disturbare presumpserit, iram dei omnipotentis plenarie incurrat, et cum iuda domini proditore penas sustineat infernales, et insuper Regie parti mille aureos in cauto persolvat, et dampnun super hoc illatum restituat duplicatum.
Facta carta apud Burgis, Era M.ª CC.ª XL.ª VI.ª, XXIII.ª die mensis Septembris.
Et ego rex A. regnans in castella et toleto hanc cartam, quam fieri iussi, manu propria roboro et confirmo.
Garsias Burgensis episcopus conf. -Rodericus Seguntinus episcopus conf. -Gunzalvus Secobiensis episcopus conf. -Petrus Abulensis episcopus conf. -Joannes Calagurritanus episcopus conf. -Britius Palentinus episcopus conf. -Tellus Palentinus episcopus conf. -Rodericus Oxomensis episcopus conf. -Carsias Conchensis episcopus conf.
Gunsalvus roderici maiordomus curie regis conf. -Garsias roderici merinus Regis in castella conf. -Alvarus nunii alferiz Regis conf.
Didacus lupi de faro conf. -Rodericus diaz conf. -Rodericus roderici conf. -Fernandus garsie conf. -Nunius petri conf. -Gomitius petri conf. -Suerus Telli conf. -Guillelmus gunzalvi conf.
Dominicus dominici, Regis notarius abbas vallis oleti, Didaco garsie existente cancellario, scribi fecit.

Burgos, 21 Julio, 1214. -Fol. 9 v., 10 r.
Privilegiun super restitutione aldearum de termino de Alcala.
Quoniam vite labilitas, stabilitatis impaciens, cursus suos non desinit perficere, pocius vite finis est attendendus, quasi presens instabilitas que non constat. Nescitur quippe qua hora veniet dominus; quia, sicut fur, dies domini ita veniet ex improviso. Cum itaque a sumino iusto procedat omnis iusticia temporalis, magna benefaciendi neccessitas incumbit hiis quibus datur auctoritas iudicandi. Iusticia autem est reddere unicuique quod suum est.
Inde est quod ego dopnus Adefonsus, dei gracia Rex Castelle et Toleti, una cum uxore mea Alionore regina et cum filio meo dopno Henrico, recognoscens quod in iuventute mea necessarios, habebam ad meum servicium cives Segobienses, nec eos secundum maximas neccessitates meas modo aliquo poteram excusare, spoliavi ecclesiam toletanam quibusdam aldeis, que erant in termino de alcala, sine beneplacito archiepiscopi toletani, tribuens ei in concambium Talamancam; easque segobiensibus civibus tradidi supradictis. Attendens autem quod, nisi dictum concambium revocarem, in anime mee dispendium cederet et iacturam, easdem aldeas dopno Roderico, toletane Sedis archiepiscopo hypaniarum primati, et omnibus successoribus eius restituo, recipiens michi Talamancam, quam in concambium pro aldeis dederam supradictis. Has autem aldeas propriis duxi vocabulis exprimendas, scilicet, Valdeturres, Lueches, Valdemera, Quesso, Bielches, Aldea del Campo, Valtierra, Arganda, Valmores, el Olmeda, Peçuela, el Villar, Perales, tielmes, Valdelecha, Caravanna, Orusco, Embit, Querencia. Restituo, inquam, predictas aldeas predicto Archiepiscopo et eius successoribus libere et sine omni contradictione cum omnibus terminis quos habent, cultis et incultis, montibus et fontibus, ingressibus et regresibus, pascuis et piscariis, et rivis et molendinis, cum pedagio et mercato de Perales, ita quod de cetero Segobienses non liceat Archiepiscopum vel ecclesiam toletanam vel aliquem successorum eorum super eis inquietare. Siquis vero hanc cartam infringere vel in aliquo diminuere presumpserit, iram dei omnipotentis plenarie incurrat, et Regie parti decem milia aureorum in canto persolvat, et dapnum insuper sibi illatum restituat dupplicatum.
Facta carta apud Burgis, Rege exprimente, XXI.º die Jullii, Era M.ª CC.ª L.ª II.ª, tercio videlicet anno postquam ego, predictus A. Rex almiramomeninum Regem de Marrocos, apud Navas de tolosa, campestri prelio devici, non meis meritis sed dei misericordia et meorum auxilio vassallorum.
Et ego A. Rex, regnans in castella et in toleto, hanc cartam quam fieri iussi manu propria roboro et confirmo.
Tellius palentinus episcopus conf. -Guiraldus secobiensis episcopus conf. -Garsias conchensis episcopus conf. -Dominicus abulensis episcopus conf. -Melendus oxomensis episcopus conf. -Rodericus segontinas episcopus conf. -Johannes calagurritanus episcopus conf. -Mauricius burgensis episcopus conf. -Dominicus placentinus electus conf.
Gonçalvus roderici maiordomus curie Regis conf. -Alvarus nunii alferiz regis conf. -Petrus ferrandi maior merinus in castella conf.
Didacus lupi conf. -Rodericus didaci conf. -Lupus didaci conf. -Comes dopnus fernandus conf. -Rodericus roderici conf. -Guille[l]mus gonçalvi conf. -Guilelmus petri conf. -Suerius telli conf.
Petrus ponccii, domini Regis notarius, didaco garsie existente cancellario, Roderico scribere iussit.

Burgos, 5 Noviembre, 1214. -Fol. 10 v., 11 r.
Privilegium de Talamanca, quod concessit Rex Henricus ecclesie toletane.
Cum in lege preceptum sit: honora patrem tuum et matrem tuam, in vita [decet] el in morte precipue honorare; eapropter ego Honricus, dei gracia Rex castelle et toleti, atendens strenuitatem et honestatem patris mei et bonitatem eius, quam semper circa me nutriendum exhibuit, necnon et labores quos sustinuit, et bella que in acquisitione et augmentatione regni exercuit, necnon pietatem et graciam illustrissime matris mee, domne Alionoris regine bono memorie, pro salute animarum eorum, ut sique macule eis de terrenis contagiis adheserunt, helemosinarum largitione laventur; do et concedo et irrevocabiliter donationem meam confirmo deo et beate marie toletane et vobis, dopno Roderici toletano Archiepiscopo hyspaniarum primati, et omnibus successoribus vestris villam de Talamanca cum butecca, et cum omnibus horeditatibus ad butec[c]am pertinentibus, et cum omnibus terminis suis, aldeis, et cum omnibus ibidem commorantibus et in posterum moraturis, cum domibus et solaribus, cum aquis et nemoribus, cum montibus, pratis et pascuis, defesis, et cum portaticis et cum omnibus pertinenciis suis, et cum omni iure regali, iure hereditario habendam in perpetuum et irrevocabiliter possidendam. Hoc, inquam, facio pro animabus patris et matris mee, et quia utrique eorum in infirmitate astitistis, et eucaristiam et comunionem dedistis, et ultimum obsequium funeris sacerdotali offitio impendistis. Siquis vero hanc cartam infringere vel in aliquo diminuere presumpserit, iram dei omnipotentis plenarie incurrat, et regio parti decem milia aureorum in cauto persolvat, et dampnum super hoc illatum restituat duplicatum.
Facta carta apud Burgis, era M.ª CC.ª L.ª II.ª, quinto die Novembris.
Et ego Henricus, rex Castelle et Toleti, hanc cartam quam fieri iussi manu propria roboro et confirmo.
Tellius palentinus episcopus conf. -Guiraldus segobiensis episcopus conf. -Dominicus abulensis episcopus conf. -Rodericus segontinus episcopus conf. -Garsias conchensis episcopus conf. Melendus oxomensis opiscopus conf. -Johannes calagurritanus episcopus conf.
Gonçalvus roderici maiordomus curie regis conf. -Alvarus nunii alferiz regis conf. -Petrus ferrandi maior merinus in castella conf.
Comes dopnus ferrandus conf. -Rodericus didaci conf. -Lupus didaci conf. -Rodericus roderici conf. -Guillelmus gonçalvi conf. -Guillelmus petri conf.
Petrus poncii, domini regis notarius, Didaco garsie existente cancellario, scribere mandavit.

Burgos, 8 Noviembre, 1214. -Fol. 10 r., v.


Privilegium de testamento Regis Aldefonsi.
In dei nomine et eius gratia. Notum sit omnibus hominibus quod, cum olim dominus aldefonsus, illustris rex castelle et toleti, apud fontemdoniam infirmaretur, suum ibidem condidit testamentum; in quo testamentarios suos instituit dominum toletanum archiepiscopum, et dompnum didacum lupi de faro et fernandum didaci fratrem milicie sancii iacobi et guterrium armilli priorem ospitalis; et in hoc testamento possessiones et villas et hereditates et peccunias suas et alia mobilia cathedralibus ecclesiis et aliis locis religiosis legavit, predictis testamentariis conferens potestatem ut violencias aliquas, siquas fecerat, potestate sibi collata facerent emendari secundum deum. In quo testamento predictus rex bone memorie legavit toletano archiepiscopo apotecam de Talavera cum molendinis et cum omni iure ad apotecam pertinente, et aldeam de Torrichos similiter cum apoteca sua, et quod ipse habebat in exquivias. Quia vero deus omnipotens ex illa infirmitate dedit ei convalescenciam, el antequam ipse ab hac vita migraret subtracti sunt de medio dompnus Didacus lupi de faro, et ferrandus didaci frater milicie sancti iacobi; cum modo infirmaretur predictas rex, in qua infirmitate vitam finivit apud aldeam que Guterrii munnoç dicitur, predictum testamentum prout fecerat confirmavit, mutans testamentarios. Et potestatem, quam predictis quatuor contulerat, in hos mutavit, scilicet, in dompnum R[odericum] Toletanum archiepiscopum et in dompnum T[ellium] palentinum; et in dompnam Menciam comitissam abbatissam sancti Andree de Arroyo, et dompnum G[undisalvum] roderici maiordomum suum. Et cum ipsi secundum predicti domini Regis dispositionem legata distribuerent, dompno R. Toletano archiepiscopo iuxta domini Regis dispositionem dederunt aldeam de Torrichos cum collaciis et apoteca vineas et omni iure regali. Similiter idem quod pertinebat ad regem in aldea de Esquivias. Atendentes autem quod apoteca de Talavera regio fisco erat neccessaria, in recompensationem eius pro eo quod eam dompnus A. rex bone memorie legaverat, dederunt ei villam que dicitur Talamanca cum butecca et omnibus hereditatibus et directuris ad buteceam pertinentibus et cum omnibus terminis suis et aldeis, scilicet cum domibus solaribus, aquis, montibus, nemoribus, pratis, pascuis, deffesis et cum portatico, et cum omnibus pertinenciis suis, et cum omni iure regali, iure hereditario habendam in porpetuum et irrevocabiliter possidendam.
Ego autem Henricus, dei gratia rex castelle et toleti, predicti domini A. illustris regis bone momorie filius, predictum testamentum patris mei confirmans, aldeam de torrichos cum omni iure regali, sicut dictum est, et partem meam de esquivias, et villam de Talamanca pro comutatione apotece de Talavera, sive plus sive minus valeat, do et concedo deo et beate marie toletane et vobis, dompno Roderico toletano archiepiscopo, et omnibus successoribus vestris predictas villas; et a patre meo in testamento legatas confirmo.
Volo enim ut ultima patris mei voluntas modis omnibus observetur; et supplico vobis, domine Roderice archiepiscope, ut anniversarium patris et matris mee in vestra ecclesia fieri faciatis, ut culpe eorum cleri ibidem servientis orationibus deleantur. Siquis vero hanc cartam infringere vel diminuere presumpserit, iram dei omnipotentis plenarie incurrat, et regie parti mille aureos in cauto persolvat, et dampnum super hoc illatum restituat duplicatum.
Et ego Rex Henricus, regnans in castella et in toleto, hanc cartam, quam fieri iussi, manu propria roboro et confirmo. -Roderictis, toletane sedis Archiepiscopus et hyspaniarum primas confirmat. -Facta carta apud Burgis, era M.ª CC.ª L.ª II.ª, VIII.º die mensis Novembris.
Tellius palentinus episcopus conf. -Melendus oxomensis episcopus conf. -Guiraldus Segoviensis episcopus conf. -Rodericus Segontinus episcopus conf. -Johannes calagurritanus episcopus conf. -Grarsias conchensis episcopus conf. -Dominicus abulensis episcopus conf. -Dominicus placentinus episcopus conf. -Mauricius burgensis electus conf. Gonçalvus roderici maiordomus curie regis conf. -Alvarus nunii alferiz regis conf. -Petrus ferrandi maior merinus in castella conf.
Comes dompnus ferrandus conf. -Rodericus didaci conf. -Lupus didaci conf. -Guillermus gonçalvi conf. -Guillermus petri conf. -Rodericus roderici conf. -Martinus munoç conf. -Suerius tellii conf.
Petrus poncii, domini Regis notarius, Didaco garsie existente cancellario, Dominico alvari subnotario scribere iussit.

Toledo, 1.º de Agosto, 1215. -Fol. 23 v., 24 r.

De institutione capellanie in altare beati Ildefonsi, et capellanie pro anima regis Aldefonsi.
Notum sit omnibus, hanc paginam inspicientibus, quod nos R[odericus], dei gratia Toletane Sedis archiepiscopus hyspaniarum primas, attendentes honorem et utilitatem ecclesie toletane et devotionem quam semper habuit dominus A. Rex, bone memorie, erga eandem ecclesiam, et cupientes, etsi non ut debemus, saltem ut possumus, remunerare anime sue multa beneficia, que idem Rex contulit ecclesie memorate, una cum consensu venerabilium fratrum nostrorum, capituli videlicet toletani, instituimus in nostra ecclesia unam capellaniam pro anima iam dicti Regis in perpetuum, ut singulis diebus missa de defunctis in eius com[m]emorationem, et defunctorum omnium celebretur. Instituimus etiam ad honorem beate virginis aliam capellaniam, ut in altare beati Illefonsi missa in comemoratione eiusdem virginis sollempnis in aurora diebus singulis celebretur. Pro istis autem capellaniis damus et perpetuo concedimus duobus capellanis, qui istas duas capellanias tenuerint, duas canonicas portiones; et quatuor pueris qui cappellano misse beate marie ministraverint, dimidiam portionem in nostris redditibus de de Torrellis; et iste portiones cum consensu nostro et beneplacito per manum Decani et capituli illis duobus capellanis et pueris, sicut prenotatum est, annis singulis dividantur; et istarum capellaniarum donatio spectet ad nos tantum, ut possimus illas dare quibuscunque voluerimus, nullius hominis consilio vol boneplacito requisito. Nos vero R., dei gratia toletane Sedis archiepiscopus hyspaniarum primas, pro anniversario supramemorati Regis, et nostro, et patris nostri et matris, damus et perfecte concedimus venerabilibus fratribus nostris, capitulo videlicet toletano, villam nostram que dicitur Torrillos et Esquivias cum omnibus directuris suis et pertinenciis, sicut sepedictus A. rex, bone memorie, illas nobis dedit; et molendina etiam que habemus in Talavera; ut, nobis de medio evocatis, omnia supradicta memorato capitulo libere ac pacifice sine contradictione aliqua devolvantur, ut licitum sit eis iamdictas villas et molendina comutare, vel facere de eis quicquid voluerint, dummodo non malmetantur, tanquam de suis propriis hereditatibus, quas debent libere ac pacifice possidere.
Damus etiam memorato capitulo pro anniversario nostro in presenti, et pro anniversario patris nostri quod est in festo sancti Michaelis, et pro anniversario matris nostre quod est in vigilia sancti Andree apostoli, medietatem quam habemus in Mazaravedula, ut de cetero tota villa cum suis terminis et directuris sit sua, sicut eam toletana ecclesia dinoscitur possedisse; tali tamen conditione apposita, quod singulis annis dent Fernando sancii, domini regis repositario, quandiu vixerit, LX.ta morabetinos de redditibus ville superius memorate. Addimus etiam quod de redditibus predictarum villarum et molendinorum extrahantur quolibet anno ille portiones, que superadduntur canonicis et aliis sociis in festivitatibus sanctorum Eugenii et Illefonsi.
Ut autem ista nostra donatio firma et stabilis et irrevocabilis per perpetuum perseveret, presentem cartam iussimus fieri, et subscriptione propriarum manuum et sigilli nostri patrocinio communiri.

Acta sunt ista Toleti, in palacio domini Archiepiscopi, prima die mensis Augusti, Era M.ª CC.ª L.ª III.ª
Nos R., dei gratia toletane Sedis archiepiscopus hyspaniarum primas, subs[cribimus] et conf[irmamus].
Ego R. toletanus Decanus subscribo. -Ego E. talaverensis archidiaconus subs. -Ego M. dominici canonicus toletanus subs. -Ego D. pascalis toletanus canonicus subs.

Palencia, 4 Julio, 1218. -Fol. 11 v.
Privilegium de donatione ville de Talamanca facta dompno R[oderico] archiepiscopo Toletano.
Per presens scriptum notum sit tam presentibus quam futuris quod ego, Ferrandus dei gratia rex castelle et toleti, ex assensu et beneplacito domine Berengario regine, genitricis mee, una cum fratre meo Infante dompno Alfonso, facio cartam concessionis, confirmationis et stabilitatis vobis domino Roderico, toletane sedis archiepiscopo hyspaniarum primati, vestrisque successoribus perpetuo valituram.
Concedo itaque vobis et confirmo donationem ville de Talamanca cum aldeis, terminis, et cum pertinenciis suis; donationem aldeo de torrijos; et donationemi medietatis aldee de esquivias; ex quibus donationibus facta fuit michi plenissima fides per inspectionem testamenti facti ab avo meo, felicissime recordationis, domino Aldefonso. Supradictas itaque donationes, pro salute anime eiusdem famosissimi avi mei Regis aldefonsi preclare memorie vobis factas, concedo, roboro et confirmo, mandans et firmiter statuens ut omni tempore maneant inconcusse et ab omnibus plenarie et inviolabiliter observentur. Siquis vero hanc cartam infringere vel diminuere in aliquo presumpserit, iram dei omnipotentis plenarie incurrat, et cum iuda domini proditore penas sustineat infernales, et regi[e] parti mille aureos in cauto persolvat, et dapnum vobis super hoc illatum restituat dupplicatum.
Facta carta apud palentiam IIII.º die Julii, Era M.ª CC.ª L.ª VI.ª
Et ego Rex ferrandus, regnans in castella et toleto, hanc cartam quam fieri iussi manu propria roboro et confirmo.
Rodericus, Toletane Sedis archiepiscopus hyspaniarum primas confirmo.
Mauricius burgensis episcopus conf. -Tellius palentinus episcopus conf. -Rodericus segontinus episcopus conf. -Melendus oxomensis episcopus conf.
Gonçalvus roderici maiordomus curie regis conf. -Lupus didaci de faro alferiz domini Regis conf. -Gonçalvus petri de arnell[is], maior merinus in castella confirmo. -Joannes, domini regis cancellarius, abbas sancti Anderii conf. -Comes ferrandus conf. -Rodericus didaci conf. -Alvarus didaci conf.
Egidius iussi cancellarii scripsit.
En las Memorias para la vida del santo rey Don Fernando, páginas 275 y 342, se pueden ver estampados los diplomas, cuyas fechas hacen ver que el principio del reinado de San Fernando se ha de buscar en el año 1217 después del día 3 y antes del 11 de Julio. Me inclino á creer fuese el 7; porque esto explica la fuente de dos errores históricos: el error del cronicón de Cardeña, que trocó las non[as] en kal[endas] de Julio; y el de hacer morir al rey D. Enrique en 6 de Julio, siendo así que murió en 6 de Junio.
Acerca del testamento de Alfonso VIII más datos no encuentro en el archivo de la catedral de Toledo. Apunta otros Loperraez, atesorados en las catedrales de Osma y Segovia.

FIDEL FITA
Real Academia de la Historia, Año 1886


Jose Antonio Pajuelo Jimenez.

domingo, 6 de enero de 2008

PLASENCIA 1845


En los años anteriores, durante las turbaciones de Castilla, cuando algunos grandes y prelados dieron a la Monarquía aquel escándalo en Ávila, el desgraciado Rey D. Enrique IV. Fugitivo en sus mismos estados, determino acogerse a la generosidad del Conde y vecinos de esta Ciudad, los cuales le recibieron como a su Rey alojándose en el Alcázar, donde estuvo muy obsequiado por espacio de cuatro meses, hasta que Toledo le abrió las puertas .Sin duda por este acto de lealtad, tiene Plasencia los títulos de muy Noble y muy Leal. 


Según Francisco W. Plaza (Semanario Pintoresco Español Nº 52 de Diciembre de 1848).

Asentada en una loma suave, cuyos lados de E. S. y O bañada por el Río Jerte con sus aguas y hermosea con sus orillas vestida de arbustos, presenta una vista alegre y caprichosa, ya por la catedral, que con su agujas parece un buque empavesado, descollando el caserío y las torres de iglesias y conventos, ya por los bellos paisajes que ofrecen sus alrededores. Su planta se acerca a la de las poblaciones modernas, pues sus calles estrechas como todas las de aquellas épocas, son rectas y bien trazadas, desembocando las principales en la plaza mayor, que es cuadrada y rodeada de soportales y colocada en el centro de la Ciudad. Para el desahogo del vecindario se hallan repartidas en el casco de la población, siete plazuelas, casi todas con su fuente publica, siendo nueve el numero de estas en esta Ciudad. Las casas por lo general son de tres pisos, blanqueadas interior como exteriormente, lo que hace que las calles sean bastante claras.

Los edificios mas principales que se encuentran además de la Catedral, son siete parroquias, cuatro conventos de Religiosas, habiéndose suprimido uno en la época de la exclaustración y tres de Religiosos, tiene además Seminario Conciliar, una casa de Hospicio ,dos Palacios el Episcopal y el de los Marqueses de Mirabel y varias ermitas dentro y fuera de la Ciudad, siendo muy bellas entre estas, la de la Salud edificada sobre la puerta de Trujillo donde se venera una hermosa Imagen con el titula de la Salud, y la de N. S. del Puerto a media legua de la Ciudad, en medio de riscos que la hacen una situación muy pintoresca.

En gracia de la brevedad, diremos algunas cosa más notables que encierran sus templos y establecimientos. En la parroquia de San Nicolás el Real al lado del Evangelio hay una capilla con una cúpula, retablo de buena arquitectura y un suntuoso sepulcro del Obispo de Coria D. Pedro Carvajal, natural de esta Ciudad, cuya estatua de mármol se ve arrodillada detrás de un reclinatorio, también se ve la capilla de S. Ansano diferentes sepulcros del siglo XIII pertenecientes a los antiguos Sres. de Monroy. La parroquia de San Martín tiene notable la parroquia de San Blas con sus elegantes columnas corintias istriadas, pero en las parroquias del Salvador, San Pedro, San Esteban y de San Juan no hay cosa que ver: Los conventos de Religiosas no contienen cosa notable, si exceptuamos el de la Encarnación, que tiene una tabla de la escuela de Rafael y las Capuchinas, donde se ven algunas pinturas del estilo Carreño.

De los conventos Religiosos el único dedicado al culto es el de S. Vicente de PP. Dominicos, su magnifico templo de estilo gótico y uno de los mejores que poseía esta orden en España; le fundaron los Condes de Plasencia D. Alonso de Zúñiga y Doña Leonor de Pimentel su mujer. En el crucero esta enterrado el cardenal D. Juan de Zúñiga, arzobispo de Sevilla y ultimo gran maestre de Alcántara. En la capilla del Rosario esta el enterramiento de los Marqueses de Mirabel entre los cuales se halla sepultado D. Luís de Ávila y Zúñiga, segundo marques, general de nuestra caballería en Alemania y autor de los comentarios de las guerras del Emperador Carlos V a quien acompaño en todas sus expediciones. Hay también en una capilla en el cuerpo de la iglesia un magnifico sepulcro de D. Martín Nieto, comendador de Yébenes, cuya estatua de mármol muy elogiada por Ponz, fue mutilada por los franceses.

El palacio unido al convento es de los Marqueses de Mirabel, antes Condes de Plasencia y tiene un grandioso patio con galerías y fuente en el medio. El hospital General o de Doña Engracia es el mejor de la provincia, gracias al Ilustrísimo Sr. D. José González Laso, Obispo de esta Ciudad, que entre otras obras dignas de los Romanos, como fueron calzadas y puentes con que enriqueció a Plasencia a principios de este siglo, hizo un aumento de consideración á dicho Hospital con cuatro grandes y espaciosas salas, que forman un cuerpo unido á lo principal del edificio, todo de mejor gusto y que respira magnificencia. En el se da asistencia a cuantos enfermos se presentan, para lo cual tiene buenas rentas, con qué están dotados los correspondientes facultativos y una excelente botica. El hospicio fue anteriormente Colegio de la Compañía de Jesús; la iglesia es de una sola nave y en su fachada tiene dos estatuas de Santa Ana y la Virgen con el Niño de regular ejecución; lo demás de edificio corresponde a su destino; y ya que estamos cerca hablaremos del magnifico acueducto que surte de agua a la Ciudad. La fuente de donde se traen nace en unas sierras a tres leguas de distancia, viniendo en cañadas por espacio de siete, a causa de las vueltas y recodos que hace el terreno montuosos, al llegar a la ermita de San Antón junto á la cual se ha hecho un bello paseo con una frondosa alameda, atraviesa sobre mas de ochenta arcos hasta venir a parar a un arca o receptáculo general situada cerca de la fortaleza, y desde la cual se distribuye a las fuentes publicas, Conventos, Seminario, Palacio, Cárcel, Hospital y bastante numero de casas particulares. Olvidásemos decir, que en el Palacio Episcopal que es espaciosos pero de una arquitectura extravagante y moderna, se encuentra una copiosa Biblioteca, parte que fue de los Jesuitas y lo demás de diferentes donaciones.

Seis son las puertas y dos los postigos que dan entrada a la Ciudad, y por tres de ellas la del Sol, Trujillo y Coria se sale a tres puentes de piedra que hay sobre el Jerte. La ronda plantada en algunos parajes de arboleda, además del cómodo paseo que proporciona, tiene la ventaja de las hermosas vistas, que ofrece de viñas con caseríos, olivares y huertas y el delicioso sitio de la Isla, por la parte E. y S. y por N. y O .pintorescas colinas de canchos y alcornoques, que ofrecen un variado contraste con las vistas anteriores.

Plasencia ha sido madre de hombres celebres en armas y en letras, contándose entre ellos varios Cardenales, dos grandes Maestres de Alcántara y algunos generales. En el día a pesar de verse reducida a la segunda población de la provincia, conserva el rango que tan dignamente ocupo en lo antiguo, cuando sus procuradores tomaban asiento el las Cortes de Castilla, y sus corregidores eran la primera grandeza. Sus mercados son los primeros de Extremadura y los delicados frutos de su Valle y Vera tienen nombradía en todo el Reino.

SEMANARIO PINTORESCO ESPAÑOL. 1848

Jose Antonio Pajuelo Jimenez.